
Tabla de pérdida de puntos del nuevo
carnet de conducir.-
Crédito inicial para los
conductores: 12 Puntos
Crédito inicial para los conductores
con menos de 3 años de carnet: 8 Puntos
Este crédito, se reduce con cada
infracción y solo se puede reestablecer tras superar diversos cursos de
formación o después de un periodo de tres años sin sanciones.
Esta es la lista de infracciones y
la penalización que tendrán:
Perdida de 2 Puntos
- Parar en zonas de riesgo para la
circulación, para los peatones, o en los carriles destinados al transporte
público urbano.
- Usar sistemas de detección de
radares (no incluye PDA+GPS o Avisadores de radar por posicionamiento GPS)
- Circular con un menor sin sillita.
- Llevar a un menor de 12 años en
una motocicleta o ciclomotor.
- Circular sin alumbrado con poca
visibilidad o hacer mal uso del mismo (antiniebla cuando no corresponde, etc).
- Rebasar los límites de velocidad
entre 21 y 30km/h (autopista, más de
Perdida de 3 Puntos
- Realizar cambios de dirección
prohibidos.
- Conducir sin cinturón de
seguridad.
- No respetar la distancia de
seguridad.
- Conducir sin casco o con casco no
homologado.
- Circular sin alumbrado sin
visibilidad o provocar deslumbramientos.
- Conducir hablando por el móvil.
- Rebasar los límites de velocidad
entre 31 y 40km/h (autopista, más de
Perdida de 4 Puntos
- Circular por una autopista o
autovía con un vehículo con el que está expresamente prohibido circular por
ellas.
- Conducir con un exceso del 50% o
más en el número de plazas autorizadas.
- Conducir un vehículo sin llevar el
permiso o la licencia adecuada.
- Conducir ebrio (entre 0,25 y 0,50 mg/l).
- Arrojar objetos peligrosos a la
vía (que puedan provocar incendios, accidentes...).
- Conducir de manera negligente.
- No respetar el stop, ceda el paso,
paso de peatones, semáforos o señales del agente.
- Adelantamientos peligrosos.
- Aumentar la velocidad o maniobras
que impidan o dificulten el adelantamiento.
- Maniobras de marcha atrás en
autopistas o autovias.
- Poner en peligro a los ciclistas.
- Rebasar los límites de velocidad
más de 40km/h siempre que no suponga además un exceso del 50% (autopista, más
de
Perdida de 6 Puntos
- Conducir ebrio (más de 0,50 mg/l), o bajo los efectos de drogas y estimulantes.
- No someterse a la prueba de
alcoholemia o drogas.
- Circular en sentido contrario.
- Conducción temeraria.
- Conductor profesional que excede
en más del 50% los tiempos de conducción o minoras en más del 50% los tiempos
de descanso.
- Rebasar los límites de velocidad
en más del 50% (autopista
Nota adicional:
Además de la disminución de puntos
para el conductor, todas las sanciones vendran
acompañadas de la correspondiente multa en función de la infracción y gravedad.
Información
actualizada: 28 Junio 2006
Carnet por puntos desde 1 julio 2006.-
Esta es la nueva tabla utilizada por
La velocidad marcada por el radar es la velocidad real, que suele ser entre un
3% - 10% inferior a la marcada por los velocímetros de los automóviles (según
velocidad y modelo).
TABLA DE SANCIONES POR
EXCESO DE VELOCIDAD
BAREMO APLICADO (DGT - GUARDIA CIVIL)
Información actualizada: Agosto 2006
|
LIMITACIÓN |
30 |
40 |
50 |
60 |
70 |
80 |
90 |
100 |
110 |
120 |
SANCIÓN |
|
Hasta |
40 |
50 |
60 |
70 |
80 |
90 |
100 |
110 |
121 |
132 |
Sin
sanción |
|
Desde/Hasta |
41 |
51 |
61 |
71 |
81 |
91 |
101 |
111 |
122 |
133 |
100 euros |
|
Desde/Hasta |
61 |
71 |
81 |
91 |
101 |
111 |
121 |
131 |
142 |
153 |
140
euros y |
|
Desde/Hasta |
- |
- |
- |
101 |
111 |
121 |
131 |
141 |
152 |
163 |
200
euros y |
|
Desde/Hasta |
- |
- |
- |
- |
- |
131 |
141 |
151 |
162 |
173 |
300
euros y |
|
Desde/Hasta |
71 |
81 |
91 |
106 |
121 |
136 |
151 |
166 |
182 |
199 |
380
euros y |
|
Desde/Hasta |
78 |
88 |
98 |
113 |
129 |
144 |
159 |
175 |
191 |
209 |
450
euros y |
|
A
partir de |
85 |
95 |
105 |
120 |
137 |
152 |
167 |
184 |
200 |
219 |
520
euros y |
NOTA
IMPORTANTE: En País Vasco (Ertzaintza) y Cataluña (Mossos)
se aplica un baremo distinto (aplicación según normativa carnet
por puntos).
Normativa según carnet
por puntos:
- Exceso de velocidad entre 21 y 30 km/h: - 2 puntos
autopista, más de
- Exceso de velocidad entre 31 y 40 km/h: - 3 puntos
autopista, más de
- Exceso de velocidad en más de 40 km/h: - 4 puntos (siempre que no suponga,
además, un exceso de más del 50%)
autopista, más de
- Exceso de velocidad en más del 50% límite autorizado: - 6 puntos (siempre que suponga, superar en al menos 30km/h dicho
límite)
autopista
Notas destacadas:
- Respecto a la anterior tabla de velocidades, se ha reducido la
velocidad máxima exenta de sanción en autovias y
autopistas (anteriormente 140km/h, ahora 132km/h).
- La sanción económica se puede reducir un 30% por pronto pago (al realizar el
pago en los primeros dias desde la notificación).
- La reducción de puntos se produce al ejecutarse la sanción en firme (tras la
notificación), después de unos 2 meses cuando ya no exista posibilidad de
recurso.
- Los vehículos de +3500kg o más de 9 pasajeros tienen un incremento del
10%-30% en la sanción económica.